
POLÍTICA ANTIFRAUDE
POLÍTICA ANTIFRAUDE
1. OBJETIVO
Establecer medidas preventivas y procedimientos de control orientados a proteger a la empresa, a sus colaboradores y a los consumidores frente a fraudes, suplantaciones, transacciones irregulares y otras conductas que afecten la integridad financiera y operativa del supermercado.
2. ALCANCE
Esta política aplica a:
− Todas las sedes físicas de Supermercados La 80.
− Todos los empleados, especialmente quienes realizan funciones de caja, recepción de pagos, servicio al cliente, compras y manejo de inventario.
− Todos los clientes, proveedores y terceros que interactúan con la operación comercial.
3. FUNDAMENTO LEGAL
Esta política se fundamenta en:
− La Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), especialmente los artículos 23 y 24 sobre el deber de información y condiciones de comercialización.
− La Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia, que impone medidas de debida diligencia frente a medios de pago y prevención del fraude.
− Las condiciones contractuales pactadas entre el comercio y las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito.
4. MEDIDAS DE PREVENCIÓN ADOPTADAS
En desarrollo de esta política, Supermercados La 80 establece:
4.1. Pago con tarjetas bancarias
− Solo se permite el uso de tarjetas de crédito o débito por parte de su titular.
− Es obligatorio presentar la cédula original al momento de realizar el pago.
− No se permite el uso de tarjetas de terceros, incluso si se presenta su documento de identidad, salvo autorización bancaria formal o tarjetas adicionales.
POLÍTICA ANTIFRAUDE
Supermercados La 80
4.2. Devoluciones
− Las devoluciones de compras pagadas con tarjeta se efectuarán únicamente al mismo medio de pago, a nombre del titular y contra presentación del comprobante de pago y cédula.
− No se harán devoluciones en efectivo por pagos realizados con tarjetas.
4.3. Registro y monitoreo de transacciones
− El sistema de cajas está configurado para generar alertas sobre transacciones duplicadas, montos inusuales o intentos de reversos fuera de procedimiento.
− Toda devolución debe ser autorizada por el supervisor de venta.
4.4. Capacitación
− El personal de caja y atención al cliente será capacitado periódicamente en identificación de conductas sospechosas, protocolos antifraude y manejo de situaciones de riesgo.
5. CANALES PARA REPORTAR SOSPECHAS O INCIDENTE
− Los colaboradores podrán reportar cualquier comportamiento anómalo o intento de fraude al supervisor de venta o por escrito a la gerencia, con reserva de identidad.
− Los clientes podrán enviar sus inquietudes al correo: pqrsla80@gmail.com o en el formato físico de PQRS entregado a solicitud por el personal de cajas.
6. SANCIONES Y CONSECUENCIAS
Cualquier intento de fraude por parte de empleados, clientes o terceros será puesto en conocimiento de las autoridades competentes, y podrá dar lugar a acciones civiles, penales o laborales según corresponda.
7. DIVULGACIÓN Y VISIBILIDAD
La presente política será:
− Publicada de forma visible en puntos de pago y atención al cliente.
− Socializada con todos los empleados al momento de su vinculación y en capacitaciones periódicas.
− Disponible para consulta por cualquier consumidor que la solicite.
8. CONTROL DE CAMBIOS
Versión/ Fecha: 01 27/06/2025
Descripción: Documento nuevo
Elabora/ Modifica: Sara Moreno Ramírez Asesora jurídica
Revisa: Jhon Jaime Gómez Director general
Aprueba: Jhon Jaime Gómez Director general
1. OBJETIVO
Establecer medidas preventivas y procedimientos de control orientados a proteger a la empresa, a sus colaboradores y a los consumidores frente a fraudes, suplantaciones, transacciones irregulares y otras conductas que afecten la integridad financiera y operativa del supermercado.
2. ALCANCE
Esta política aplica a:
− Todas las sedes físicas de Supermercados La 80.
− Todos los empleados, especialmente quienes realizan funciones de caja, recepción de pagos, servicio al cliente, compras y manejo de inventario.
− Todos los clientes, proveedores y terceros que interactúan con la operación comercial.
3. FUNDAMENTO LEGAL
Esta política se fundamenta en:
− La Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), especialmente los artículos 23 y 24 sobre el deber de información y condiciones de comercialización.
− La Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia, que impone medidas de debida diligencia frente a medios de pago y prevención del fraude.
− Las condiciones contractuales pactadas entre el comercio y las entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito.
4. MEDIDAS DE PREVENCIÓN ADOPTADAS
En desarrollo de esta política, Supermercados La 80 establece:
4.1. Pago con tarjetas bancarias
− Solo se permite el uso de tarjetas de crédito o débito por parte de su titular.
− Es obligatorio presentar la cédula original al momento de realizar el pago.
− No se permite el uso de tarjetas de terceros, incluso si se presenta su documento de identidad, salvo autorización bancaria formal o tarjetas adicionales.
POLÍTICA ANTIFRAUDE
Supermercados La 80
4.2. Devoluciones
− Las devoluciones de compras pagadas con tarjeta se efectuarán únicamente al mismo medio de pago, a nombre del titular y contra presentación del comprobante de pago y cédula.
− No se harán devoluciones en efectivo por pagos realizados con tarjetas.
4.3. Registro y monitoreo de transacciones
− El sistema de cajas está configurado para generar alertas sobre transacciones duplicadas, montos inusuales o intentos de reversos fuera de procedimiento.
− Toda devolución debe ser autorizada por el supervisor de venta.
4.4. Capacitación
− El personal de caja y atención al cliente será capacitado periódicamente en identificación de conductas sospechosas, protocolos antifraude y manejo de situaciones de riesgo.
5. CANALES PARA REPORTAR SOSPECHAS O INCIDENTE
− Los colaboradores podrán reportar cualquier comportamiento anómalo o intento de fraude al supervisor de venta o por escrito a la gerencia, con reserva de identidad.
− Los clientes podrán enviar sus inquietudes al correo: pqrsla80@gmail.com o en el formato físico de PQRS entregado a solicitud por el personal de cajas.
6. SANCIONES Y CONSECUENCIAS
Cualquier intento de fraude por parte de empleados, clientes o terceros será puesto en conocimiento de las autoridades competentes, y podrá dar lugar a acciones civiles, penales o laborales según corresponda.
7. DIVULGACIÓN Y VISIBILIDAD
La presente política será:
− Publicada de forma visible en puntos de pago y atención al cliente.
− Socializada con todos los empleados al momento de su vinculación y en capacitaciones periódicas.
− Disponible para consulta por cualquier consumidor que la solicite.
8. CONTROL DE CAMBIOS
Versión/ Fecha: 01 27/06/2025
Descripción: Documento nuevo
Elabora/ Modifica: Sara Moreno Ramírez Asesora jurídica
Revisa: Jhon Jaime Gómez Director general
Aprueba: Jhon Jaime Gómez Director general